FORMALIZACIÓN DE EMPRESAS
¿QUE SIGNIFICA FORMALIZAR UNA EMPRESA?
La formalización es el proceso que llevan a cabo las empresas para
incorporarse a la economía formal.
Presenta diversas dimensiones:
• Registro
y concesión de licencias por parte de las autoridades
nacionales, provinciales y municipales;
• Acceso a
la seguridad social para el propietario de la empresa y
sus empleados;
•
Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, entre otras
cosas en materia de impuestos, cotizaciones a la seguridad
social
y legislación laboral.
La formalización es un proceso gradual. Un empresario podrá,
por ejemplo, contar con una licencia municipal de
funcionamiento
para llevar a cabo sus actividades desde su ubicación sin
haberse
registrado en la agencia tributaria, la oficina de empleo y la
seguridad social.
¿POR QUÉ FORMALIZAR MI EMPRESA?
La formalización empresarial, le permite operar legalmente durante el desarrollo de sus operaciones comerciales, brindando determinados beneficios, en especial a las Micro y Pequeñas Empresas (MYPES), quienes hoy en día pueden acceder a un Régimen MYPE Tributario, acceso a programas de contratación especial en los cuales se les da mayor prioridad a las MYPE, entre otros.
BENEFICIOS
FORMALIZACION DE MI EMPRESA
Paso 1: Reserva del Nombre
El primer paso consiste en
realizar una búsqueda y posterior reserva del nombre ante la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), ello con la finalidad de verificar
la disponibilidad del nombre que queremos otorgarle a nuestra empresa. Es
decir, en la SUNARP se verificará que el nombre que le deseamos poner a nuestra
empresa, no está siendo utilizado por otra. Dicha búsqueda puede efectuarse de
manera preliminar a través del siguiente link https://www.sunarp.gob.pe/buspersonas-juridicas.asp
o acercándose directamente a la ventanilla de Reserva de Nombres de la SUNARP.
Al no encontrarse registrado el nombre, procedemos a efectuar la reserva, para
lo cual podemos acercarnos a una de las oficinas de registros públicos en donde
nos otorgaran un formulario en donde deberemos de consignar hasta 3
alternativas de nombres distintos acerca de cómo podría llamarse nuestra
empresa; también este procedimiento se puede realizar a través de la reserva en
línea mediante el siguiente enlace
https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/acceso/ingreso.faces. SUNARP en
un plazo de 24 horas verificará que el nombre se encuentra disponible
procediéndose a expedir el “Certificado de Reserva de Nombre”, el cual tendrá
una vigencia no mayor de 30 días hábiles calendarios. El pago a efectuarse por
la reserva del nombre es de : S/. 20.00.
Paso 2: Elaboración de la Minuta de Constitución
La minuta de constitución es un documento en el cual se
establece el giro del negocio, además de los aportes (monetarios o no
monetarios) que están siendo efectuados por los socios de la empresa, en ella
se efectúa la identificación de los socios, así como el domicilio de la
empresa. Es importante tener en cuenta que en la minuta también se considerará
el tipo societario que está adoptando, es decir si se trata de una Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada(EIRL), una Sociedad Anónima(SA),
Sociedad Anónima Cerrada(SAC) u otra modalidad.
• EIRL: Lo constituye una sola persona.
La empresa responde con su patrimonio.
• SA: Se forma con un mínimo de dos
accionistas y no tiene límite superior. Requiere de una Junta General de
Accionistas
• SAC: Requiere de dos accionistas para constituirla y no puede tener más de 20. Necesita de una Junta General de Accionistas Dentro de la minuta se encuentra el Estatuto (como documento adjunto) el cual contiene las normas, reglas fundamentales de la organización y funcionamiento de la futura empresa, aspectos como el régimen del directorio, la gerencia, los deberes y derechos de los socios o accionistas son regulados a través del estatuto.
La minuta deberá de ser elaborada por un abogado.
Paso 3: Escritura Pública
Se deberá acudir a la notaría más
cercana o de su preferencia, con la finalidad de que el notario eleve el
documento elaborado y firmado por el abogado a Escritura Pública. La Escritura
Pública es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. Además
de contar con la firma del Notario la Escritura deberá de contar con la firma de
los miembros socios de la empresa o de su representante previa designación por
escrito por los socios.
Paso 4: Inscripción en Registros Públicos
Como penúltimo paso se procede a
ingresar los documentos (Reserva de Nombre, Minuta de Constitución y Escritura
Pública) a la SUNARP quien verificará que los documentos presentados estén
acorde con los requisitos establecidos por ley, dándose nacimiento así a la
persona jurídica.
Paso 5 : Obtención del RUC
Finalmente es importante tener en cuenta 2 aspectos importantes:
a. Licencia de Funcionamiento: Para ello se deberá acudir al municipio en donde operará el negocio a apresurarse. El costo de dicha licencia variará de acuerdo a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del municipio.
b. Permisos Especiales: Ello se aplica para negocios que por ley requieren de determinadas observaciones distintas a negocios tradicionales, es el caso de alimentos, bebidas alcohólicas, agencias de viajes, entre otros.
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